5 (I) La Ley: Causalidad de la Causa de lo Perecedero

“La causa está causada por aquello de lo que ella es la causa” [1] . I. “En el fenómeno, todo efecto es un suceso o algo que acontece en el tiempo; debe precederle, según la ley universal de la naturaleza, una determinación de la causalidad de su causa (un estado de ésta), a la cual sigue ese efecto según una ley constante. Pero esta determinación de la causa para la causalidad debe ser también algo que acontece u ocurre; la causa debe haber comenzado a actuar, pues de otro modo no se podría pensar ninguna sucesión temporal entre ella y el efecto. El efecto habría existido siempre, como la causalidad de la causa. Por consiguiente, entre los fenómenos, también la determinación de la causa para obrar debe haber nacido, y por tanto debe ser, como su efecto, un suceso, el que a su vez debe tener su causa, y así sucesivamente, y por consiguiente la necesidad de la naturaleza debe ser la condición según la cual son determinadas las causa...